La titulación es el proceso con el cual se concluye formalmente los estudios profesionales otorgando el grado de licenciatura que haya acreditado todas las asignaturas del plan de estudios respectivo y cumplido satisfactoriamente con alguna de las opciones de titulación aprobadas por el Consejo Técnico de nuestra escuela, junto con el cumplimiento del servicio social ajustándose a lo establecido en la Ley Reglamentaria del artículo 5° Constitucional y en el Reglamento General del Servicio Social de la Universidad.
Requisitos generales de titulación
- Liberación de servicio social
- Tener el 100% de los créditos académicos
- Optar por una opción de titulación
- Constancia del idioma:
- LEO: Constancia de acreditación de la comprensión de la comprensión del idioma ingles expedido por el ENALLT o algún otro centro de idiomas de la UNAM.
- LE: Constancia de comprensión de un segundo idioma expedido por el ENALLT o algún otro centro de idiomas de la UNAM.
Opciones de titulación
En la FENO se tienen aprobadas las siguientes opciones, para cada una de ellas se deben cumplir con requisitos generales y algunos específicos:
- Tesis: Es un trabajo de investigación escrito, producto de su experiencia en el ámbito asistencial o comunitario que puede ser individual o grupal (máximo 3 personas). Requiere un director de tesis, profesor de la FENO, y al término del trabajo se realizará examen profesional en un plazo no mayor a doce meses a partir de su registro.
- Tesina: Trabajo de investigación escrito producto de su experiencia en el ámbito asistencial o comunitario que es individual. Requiere un director de tesis, profesor de la FENO, y al término del trabajo se realizará examen profesional en un plazo no mayor a doce meses a partir de su registro.
- Actividad de investigación: se refiere a la incorporación al menos por un semestre en un proyecto institucional de investigación aprobado por el Comité de investigación de la FENO. Requiere presentar un plan de trabajo a desarrollar de forma individual al director de tesis que se elija , profesor de la FENO. Al termino de ello se realizará examen profesional en un plazo no mayor a doce meses a partir de su registro.
- Examen profesional por área de conocimientos (EPAC). Requiere cumplir con los requisitos adicionales que se marquen en la convocatoria correspondiente.
- Por totalidad de créditos y alto nivel académico. El alumno deberá haber cumplido con la totalidad de los créditos que marca el plan de estudios correspondiente, obteniendo un promedio general mínimo de 9.5 y sin haber reprobado ninguna asignatura.
- Apoyo a la docencia: consiste en la elaboración de un material didáctico que apoye un contenido de una de las asignaturas del plan de estudios, que acompañe con una crítica escrita al programa. Puede ser material didáctico, video, materiales multimedia que apoye la asignatura. Requiere un director de trabajo recepcional, y al término del trabajo se realizará examen profesional en un plazo no mayor a doce meses a partir de su registro.
- Informe de trabajo profesional: trabajo escrito que muestre las actividades que desarrollo un alumno, que durante o al termino de los estudios se incorporó por lo menos por un semestre a una actividad profesional en instituciones públicas o privadas. Requiere un director de trabajo recepcional, y al término del trabajo se realizará examen profesional en un plazo no mayor a seis meses a partir de su registro.
- Posgrado: El alumno deberá ingresar a una especialización o maestría impartido por la UNAM.
- Ampliación y Profundización de conocimiento: Consiste en cursar actividades académicas de perfeccionamiento y desarrollo teórico practico en algún campo especifico o especializado en la enfermería cómo serían los diplomados impartidos por la FENO -UNAM.
- Informe de servicio social foráneo: Es un trabajo escrito que de evidencia de las actividades realizadas durante el Servicio social rural. Es individual, requiere un profesor de la FENO que funja como director de trabajo recepcional, y al término del trabajo se realizará examen profesional en un plazo no mayor a doce meses a partir de su registro.